Instituciones de derecho canónico, 2. ciltJ. Góngora Álvarez, 1903 - 712 sayfa |
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Sayfa 18 - ... por un menor asistido de la persona cuyo consentimiento sea necesario para la celebración del matrimonio, ó si se hubieren publicado las proclamas, el que rehusare casarse sin justa causa estará obligado á resarcir á la otra parte los gastos que hubiese hecho por razón del matrimonio prometido. »La acción para pedir el resarcimiento de gastos á que se refiere el párrafo anterior sólo podrá ejercitarse dentro de un año, contado desde el día de la negativa á la celebración del matrimonio.
Sayfa 455 - En atención á que, tanto por efecto de las pasadas vicisitudes, como por razón de las disposiciones del presente Concordato, han variado notablemente las circunstancias del clero español, Su Santidad por su parte y SM la Reina por la suya,, convienen en que no se conferirá ninguna dignidad...
Sayfa 364 - ... los enfermos y para otras obras de caridad y utilidad pública, el Gobierno de SM, que se propone mejorar oportunamente los Colegios de misiones para Ultramar, tomará desde luego las disposiciones convenientes para que se establezcan donde...
Sayfa 412 - Además, la Iglesia tendrá el derecho de adquirir por cualquier título legítimo, y su propiedad en todo lo que posee ahora ó adquiera en adelante será solemnemente respetada.
Sayfa 559 - Los curatos de patronato eclesiástico, se proveerán nombrando el patrono entre los de la terna que del modo ya dicho formen los prelados, y los de patronato laical nombrando el patrono entre aquellos que acrediten haber sido aprobados en concurso abierto en la diócesis respectiva, señalándose...
Sayfa 17 - Si la promesa se hubiere hecho en documento público ó privado por un mayor de edad, ó por un menor asistido de la persona cuyo consentimiento sea necesario para la celebración del matrimonio, ó si se hubieren publicado las proclamas, el que rehusare casarse, sin justa causa, estará obligado á resarcir á la otra parte los gastos que hubiese hecho por razón del matrimonio prometido.
Sayfa 43 - La licencia de que habla el número primero del artículo anterior debe ser concedida á los hijos legítimos por el padre: faltando éste ó hallándose impedido, corresponde otorgarla, por su orden, á la madre, á los abuelos paterno y materno, y, en defecto de todos, al consejo de familia.
Sayfa 243 - En la misma pena incurrirá la mujer cuyo matrimonio se hubiere declarado nulo, si se casare antes de su alumbramiento ó de haberse cumplido trescientos un días después de su separación legal.
Sayfa 43 - Si se tratare de hijos adoptivos, se pedirá el consentimiento al padre adoptante, y, en su defecto, á las personas de la familia natural á quienes corresponda. Los demás hijos ilegítimos obtendrán el consentimiento de su madre cuando fuere legalmente conocida; el de los abuelos maternos en el mismo caso, y, á falta de unos y otros, el del Consejo de familia. A los jefes de las casas de expósitos corresponde prestar el consentimiento para el matrimonio de los educados en ellas.
Sayfa 177 - El tutor ó curador que antes de la aprobación legal de sus cuentas , contrajere matrimonio ó prestare su consentimiento para que lo contraigan sus hijos ó descendientes con la persona que tuviere ó hubiere tenido en guarda, á no ser que el padre de ésta hubiere autorizado debidamente este matrimonio, será castigado con las penas de prisión correccional en su grado medio y máximo y multa de 125 á 1.250 péselas.