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El primicerio era en la Iglesia el que tenía á sus órdenes todos los clérigos menores, dirigía sus oficios y reprendía y castigaba sus excesos.

Muchas veces, dice Cavallario, que en ausencias del Obispo, el Arcipreste, Arcediano y Primicerio solían gobernar la iglesia.

V

Las principales diferencias entre los órdenes mayores y menores son las siguientes: 1.a los clérigos ordenados de orden sagrado están obligados á la ley de la continencia, y su matrimonio es nulo: 2.a están también obligados, ya privadamente, ya en comunidad, al rezo de las horas canónicas: 3.a no pueden ser ordenados sin título; ó lo que es igual, sin beneficio previo ó patrimonio eclesiástico: 4.a los clérigos de mayores están adscritos perpetuamente al servicio de la Iglesia, sin que puedan abandonar la vida clerical.

Nada de esto sucede, en la actual disciplina, respecto de los ordenados de menores; sin embargo, aunque su adscripción no es perpetua, deben asistir todos los domingos y días festivos á las iglesias donde estén destinados: también les compete la obligación del rezo de las horas canónicas, si disfrutan de beneficio eclesiástico, y no por otro concepto.

CAPÍTULO VIII

I. Jerarquía de jurisdicción del Romano Pontífice, como Cabeza Visible de la Iglesia, Centro de Unidad, Sucesor de San Pedro, Vicario de Jesucristo, Padre y Doctor de toda la cristiandad: dictados que se le da como Jefe de la Iglesia.-II. Primado de honor y de jurisdicción de San Pedro: hechos históricos que prueban dicha Primacía: si vinculó este derecho en la Silla Romana.-III. Sucesión del Papa: base fundamental y racional del Primado Pontificio: capítulo III, Sess. IV, del Concilio Vaticano.-IV. Aspecto del Pontificado en las tres grandes épocas de su historia.

I

Ya hemos manifestado, que la jerarquía de jurisdicción, lo mismo que la de orden, tiene grados de derecho divino y grados de derecho eclesiástico.

Los grados de derecho divino lo forman el Romano Pontífice y el Episcopado; y los de derecho eclesiástico, todas aquellas otras autoridades eclesiásticas de que nos hemos ocupado, al tratar de la jerarquía Obispal y General.

Conocidos ya los diversos grados de la jerarquía de orden, parece lógico empezar á ocuparnos de los que constituyen la jerarquía de jurisdicción: y en primer lugar del Jefe Supremo de la Iglesia.

El Sumo Pontífice es la suma potestad, el grado supremo de la jerarquía eclesiástica. El es, por derecho divino, Cabeza de la Iglesia universal, Centro de la Unidad, Sucesor de San Pedro, Vicario de Jesucristo, Padre y Doctor de toda la cristiandad, ejerciendo en toda la Iglesia, no sólo el Primado de honor, sino también el de jurisdicción, porque el

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Romano Pontífice pascendi, regendi et gubernandi universalem Ecclesiam plenam potestatem habeat, palabras del Concilio Florentino citadas en el IV de Letrán.

Por esto dice muy oportunamente Walter, que con la unidad de la Iglesia nació la supremacía. «Es una institución divina, añade, porque la Iglesia es una, y porque ni la Iglesia puede existir sin la unidad, ni la unidad sin la supremacía. Es, pues, la supremacía uno de los primeros principios vitales de la Iglesia, ó mejor dicho, lleva en sí misma la Iglesia, considerada en abstracto, porque no está la Iglesia donde falta la unidad».

Es, pues, el Papa la primera autoridad en la Iglesia, que de nadie depende, y á nadie sino á Dios y á su conciencia debe dar cuenta de su administración.

Reune además en su persona las calidades de Obispo de Roma, Arzobispo ó Metropolitano de la provincia Romana, Primado de Italia y Patriarca de Occidente. También reunía en época no muy lejana el de Soberano temporal de los Estados Pontificios.

El Romano Pontífice, es Jefe Supremo de la Iglesia, como Vicario de Jesucristo, su divino fundador, como sucesor de San Pedro, que ejerció sobre los demás Apóstoles el primado de honor y de jurisdicción.

Él es centro de unidad, porque su palabra ex cathedra es infalible, no está sujeta al error; habla siempre la verdad; y porque donde está Pedro, allí está la Iglesia: «Ubi Petrus, ibi Ecclesia».

El Papa, en fin, se muestra padre cariñoso de todos los fieles. Él les otorga gracias, privilegios, beneficios sin cuento. Él enjuga sus lágrimas, mitiga sus dolores y consuela el corazón cristiano con su santa palabra. Él, por último, como Doctor, enseña y explica las leyes de la Iglesia.

Igualmente el Romano Pontífice, en concepto de Obispo de Roma, ejerce en la Diócesis Romana las mismas atribuciones y facultades que los otros Obispos en sus diócesis respectivas: como Arzobispo ó Metropolitano ejerce también en la provincia Romana la misma jurisdicción que los otros Ar

INST. DE DERECHO CANÓNICO ΤΟΜΟΙ

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zobispos en sus metrópolis: en concepto de Primado se extiende su citada jurisdicción espiritual á todas las provincias italianas: y por último, como Patriarca, es extensiva su potestad á todo el Occidente; calidad que se le adjudicó en razón á que las iglesias en general del Occidente fueron fundadas por la Silla Romana, como lo atestigua Inocencio I con las siguientes palabras: «Manifestum est in omnem Italiam, Gallias, Africam, atque Siciliam, insulasque interjacentes, nullum instituisse Ecclesias, nisi eos, quos venerabilis Apostolus Petrus, aut ejus succesores constituerint sacerdotes».

Se le llama Papa, de la voz griega я, que en latí. significa Pater, cuyo nombre fué propio en un principio de todo el Episcopado; pero luego se aplicó solamente al Romano Pontífice. También le llamaron los Padres del Concilio de Calcedonia, Obispo Universal: mas como quiera que el Patriarca de Constantinopla, Juan el Ayunador, empezó á usar de este título, San Gregorio el Grande, á fin de reprimir la ambición griega, empezó á titularse siervo de los siervos de Dios.

Según Tomasino, se adjudicaron igualmente al Romano Pontífice, á principios del siglo vi, los nombres de Santidad, Santo Padre, Cátedra Apostólica.

También se le denomina Santisimo, Beatísimo: Santísimo porque se le presume tal, ó al menos debe serlo: «Quién duda, dice un canon inserto en Graciano, que sea santo el que se halla elevado á la más alta dignidad, en la cual si le faltan los propios méritos, bastan para que se le apropie ese dictado los muy señalados de sus predecesores en la Silla».

El dictado de Beatísimo le conviene en el mismo sentido, y es el que especialmente se le da en las preces que se le dirigen.

II

Hay quienes creen que todos los Apóstoles recibieron igual grado de honor y potestad; pero que la de éstos fué

personal y espiraba con ellos; y la de San Pedro real y transmisible á sus sucesores. Esta opinión es errónea, y contraria á la doctrina de la Iglesia; pues de aceptarse tendríamos que sería una verdad el Primado Pontificio, pero no el de San Pedro sobre los demás Apóstoles, resultando de aquí, que la Iglesia no tuvo desde su origen la organización necesaria para su existencia y perpetuidad. Por esto quizás diga Cavallario, «que Jesucristo instituyó el Primado, no por San Pedro, sino por la Iglesia, que debía ser una y durar eter

namente.»

Veamos, sin embargo, cuál es la verdadera doctrina. Preguntó Jesucristo á sus Apóstoles: ¿Quién dicen los hombres ser el Hijo del hombre? y aquellos le dijeron: unos el Bautista, otros Elías, mas otros Jeremías, ó uno de los Profetas. Jesús dice á ellos: ¿vosotros quién decís que soy yo? Simón Pedro respondiendo le dijo: «Tu es Christus Filius Dei vivi.» Entonces Jesús profirió estas célebres palabras: «Beatus es Simón Bar-jona: quia caro et sanguis non revelavit tibi, sed Pater meus, qui in coelis est. Et ego dico tibi, quin tu es Petrus et super hanc petram aedificabo Ecclesiam meam, et portae inferi non praevalebunt adversus eam; et tibi dabo claves Regni Coelorum et quodcumque ligaveris super terram erit ligatum et in Coelis, et quodcumque solveris super terram erit solutum et in Coelis» (1).

Dirígese, pues, el Salvador Divino á Simón, y le llama Pedro; esto es, piedra. Tú eres piedra, le dice, y sobre esta piedra edificaré mi Iglesia, y las puertas del infierno no prevalecerán ó predominarán sobre ella; á ti daré las llaves del Reino de los cielos, y lo que ligares sobre la tierra, será ligado en los cielos, y lo que desligares sobre la tierra será desligado en los cielos: palabras sublimes, admirables, divinas. ¿Quién no ve, diremos con Donoso, que las expresiones, fundamento y llaves, designan la plenitud de potestad conferida por Cristo á Pedro? Bajo esas dos metáforas está significado el Primado de honor y de jurisdicción de San Pedro

(1) Evang. de San Mateo, cap. 16, v. 18.

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