Convenção sobre a propriedade litteraria e artistica entre sua magestade fidelissima e sua magestade catholica assignada em Santo Ildefonso pelos respectivos plenipotenciarios aos 5 de agosto de 1860

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Imprensa nacional, 1867 - 9 sayfa

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Sayfa 5 - Los autores tendrán igual acción ante los tribunales. de los dos países, y en ambos se les concederá la misma protección contra las publicaciones no autorizadas por ellos. Las obras literarias y artísticas á que se refiere este artículo, son los libros , las composiciones dramáticas y musicales, la pintura, el dibujo, el grabado, la escultura, la litografía y todas las producciones que merezcan
Sayfa 4 - Rei de Portugal, e dos Algarves daquem, e dalem Mar em Africa Senhor de Guiné e da Conquista, Navegação, e Commercio da Ethiopia, Arabia, Persia, e da India.
Sayfa 5 - Art. 3.° El autor de cualquiera obra publicada en uno de los dos países podrá reservarse el derecho de traducción. En este caso se le concederá el privilegio por espacio de cinco años, contados desde la fecha en que se publicare la primera traducción de su obra autorizada por él, y no se dará á la prensa ninguna otra en el otro país sin su previa autorización.
Sayfa 6 - ... traducciones fraudulentas. Los Tribunales respectivos, según las leyes vigentes en cada uno de los dos Estados, resolverán las cuestiones que se susciten sobre la legitimidad de las imitaciones ó de las reproducciones fraudulentas de las obras. Art. 5.
Sayfa 3 - DOM LUIZ, por graça de Deus, Rei de Portugal e dos Algarves, etc. Fazemos saber a todos os nossos subditos, que as cortes geraes decretaram e nos queremos a lei seguinte: ARTIGO 1.
Sayfa 6 - Las estipulaciones de los artículos que preceden serán igualmente aplicables á la representación de obras dramáticas y á la ejecución de composiciones musicales, en tanto que las leyes de cada uno de los dos países sean ó lleguen á ser aplicables en este punto á las obras dramáticas y musicales representadas ó ejecutadas públicamente por primera vez en ellos.
Sayfa 5 - Si la obra estuviese compuesta de mas de un volumen, ó se hiciese su publicación por entregas, es suficiente que el autor declare en la portada del primer volumen ó de la primera entrega que se reserva el derecho de traducción. Cada volumen ó entrega se considerará como obra separada, y deberá registrarse y depositarse en uno de los dos países en el término de seis meses, á contar desde su primera publicación en el otro. Art. 4.°...
Sayfa 5 - Portugal de cualquiera obra literaria ó artística de un autor español será considerada, para los efectos legales , como reproducción ó publicación fraudulenta de una obra de igual género publicada por primera vez en Portugal. Del mismo modo , y para los mismos efectos , será considerada la reproducción ó publicación fraudulenta hecha en España de cualquiera obra literaria o artística de autor portugués.
Sayfa 8 - Art. 9.° El registro con las formalidades establecidas en los artículos precedentes para llevarlo á efecto, así como el depósito, son condiciones esenciales para que todas las obras y objetos no especificados en el presente convenio, pero que deben considerarse como obras literarias ó artísticas, disfruten de la protección concedida por el mismo. Art.
Sayfa 9 - Continuará rigiendo además todo el tiempo que trascurta después de la conclusión de este plazo, mientras una de las altas Partes contratantes no manifieste oficialmente, con anticipación de un año antes de la conclusión del plazo estipulado, la intención de ponerle término ó de introducir alguna alteración en sus disposiciones. Las altas...

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