Relaciones del estado con la iglesiaLibrerí la Facultad, de J. Roldan, 1919 - 318 sayfa |
Diğer baskılar - Tümünü görüntüle
Sık kullanılan terimler ve kelime öbekleri
administración argentina Arzobispo Audiencias autoridad Benedic beneficios eclesiásticos bierno Buenos Aires Bulas Cabildo eclesiástico Canónigos CAPITULO Catedrales católica causas cédula cesis ción citada civil clero Concilio de Trento Concilio Nacional Concilio Provincial Consejo Consejo de Indias Corte Romana cuestiones culto Curas Curatos DALMACIO VELEZ SARSFIELD debe delegación derecho canónico derecho público eclesiástico dice Dioc Diocesano Diócesis doctrina ecle ejercer elección Episcopal española espiritual facultades fuese gobernar Gobiernos Gobiernos de América Igle Iglesias de América Indias institución Julián Besteiro Julio II jurisdicción Legados Madrid mandó Metropolitano Nación nombre Nuevo Mundo Nuncios Obis oficio orden Papa Patriarca patronato real patronazgo Patrono persona poder Prelados presentación proveer provisión pueblo recho Regulares religioso Reyes de España reyno Ricardo Rubio Santa Sede Santidad Sede vacante sias siásticos Silla Apostólica Sínod Soberano Solorzano Sumo Pontífice tamaño temporal territorio tít título tólica tomo encuadernado traducción de Ricardo Tridentino Vélez Sarsfield Vicario Apostólico Virreyes
Popüler pasajlar
Sayfa 89 - Mandamos á nuestros vireyes, presidentes, oidores y gobernadores de las Indias, que vean, guarden y cumplan, y hagan guardar y cumplir en todas aquellas provincias, pueblos é iglesias de ellas todos los derechos y preeminencias que tocaren á nuestro patronazgo real, en todo y por todo, según y como está proveído y declarado, lo cual harán y cumplirán por los mejores medios que les pareciere convenir, dando los despachos y recados que convenga, que para todo les damos poder cumplido en forma.
Sayfa 88 - Pre«sidentes y Oidores de la Nuestra Audiencia y « Chancillería Real, de la Nueva España.
Sayfa 230 - que los prelados puedan proponer ni propongan otro alguno si no fuere de los opuestos y examinados...
Sayfa 305 - Por cuanto el derecho de el patronazgo eclesiástico nos pertenece en todo el estado de las Indias, así por haberse descubierto y adquirido aquel Nuevo Mundo, edificado y dotado en él las iglesias y monasterios a nuestra costa, y de los Señores Reyes Católicos nuestros antecesores, como por habérsenos concedido por bulas de los Sumos Pontífices...
Sayfa 75 - Nos por ley o provisión patente lo cometiéremos, y el que lo contrario hiciere, siendo persona secular, incurra en perdimiento de las mercedes que de Nos tuviere en todo el estado de las Indias y sea inhábil para tener y obtener otras y sea desterrado perpetuamente de todos nuestros Reinos y Señoríos. "Y si fuere persona eclesiástica, sea habido por extraño y ajeno de todos nuestros Reinos y no pueda tener ni obtener beneficio ni oficio eclesiástico en ellos...
Sayfa 50 - El pontífice romano nada podía por sí en este inmenso territorio; ni tenía los medios de establecer en él las instituciones necesarias para la propagación de la religión; ni aun era posible que una orden suya llegara sin que la trajera una costosa expedición.
Sayfa 244 - Señor, ha venido ú su conocimiento tanta multitud de almas; pero porque conviene reducir este negocio á su principio y que en cuanto fuere posible se restituya al común y recibido uso de la Iglesia lo que toca...
Sayfa 73 - Manifiesto sea a todos los que el presente instrumento de ca"pitulación é ordenación vieren como el año del nacimiento "de Nuestro Señor Jesu-Cristo, de mil quinientos é doce años "en la indicción quinta décima, a ocho días del mes de mayo "en el año nono del pontificado de nuestro muy Santo Pa"dre Julio por la Divina Providencia Papa...