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PRÓLOGO.

Aunque los eclesiásticos y seculares sabios puedan

disfrutar plenamente la doctrina del sagrado Concilio de Trento en el idioma latino en que se publicó; es tan importante y necesaria su lectura á todos los fieles en general; tan sencilla, y acomodada su explicacion á la capacidad del pueblo, que no debe estrañarse, se comunique en lengua castellana á los que no tienen inteligencia de la latina. El conocimiento de los dogmas, ó verdades de fe, es necesario á todos los Cristianos; y en ningun Concilio general se ha decidido mayor número de verdades católicas sobre misterios de la primera importancia, quales son los que pertenecen á la justificacion, al pecado original, al libre albedrio, á la gracia, y á los Sacramentos, en comun y en particular. Como la divina misericordia conduce los fieles por medio de estos á la vida eterna, y sus verdades son prácticas; es necesario ponerlos con freqüencia en execucion. De aquí es que no solo es conveniente este conocimiento á los eclesiásticos, que administran los Sacramentos, sino tambien á los fieles, que los reciben. A los legos pertenece igualmente la instruccion en muchos puntos de disciplina que estableció este sagrado Concilio. Y esta es la razon porque él mismo mandó formar su Catecismo, y ordenó que algunos de sus decretos se leyesen repetidas veces al pueblo cristiano.

Ninguno de quantos se glorian con este nombre tiene mayor derecho que los Españoles para aprovecharse de la doctrina y saludables maximas de aquel congreso sacrosanto. Estas son las

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mismas verdades, cuya decision promovieron y ampararon sus Monarcas; estos los puntos que ventilaron, probaron y defendieron sus Teólogos; y estos' los dogmas y disciplina que decidieron y decretaron sus Prelados. Ningunos Obispos mas zelosos ni desinteresados que los Españoles en promover la gloria de Dios, la santidad de las costumbres, y la pureza de la religion. Fueron los mas prontos en asistir, aunque eran los mas distantes; y á pesar de los grandes obstáculos, que les opusieron, fueron los mas firmes en continuar esta obra grande, de que esperaban volviese al seno de la Iglesia la Alemania confundida, y despedazada con exêcrables errores.

Durará sin duda con la Iglesia la memoria de su zelo; y resonarán con los nombres de Don Fray Bartolomé de los Mártires, de Don Pedro Guerrero, del Cardenal Pacheco, de Don Martin de Ayala, de Don Diego de Alaba , y y de otros muchos Españoles, los tiernos y vehementes clamores, con que pidieron la reforma de costumbres anhelando por ver renacer aquellos primitivos y felices dias en que florecieron á competencia el zelo y desinteres de los eclesiásticos, y el candor, pureza, y sumision de los seglares. ¡Quanto no ayudaron con sus luces los sabios Españoles Domingo, y Pedro de Soto, Carranza, Vega, Castro, Carvajal, Lainez, Salmeron, Villalpando, Vargas, Covarrubias, Menchaca, Montano, y Fuentidueñas! Los puntos mas importantes se cometieron á su exâmen , y contribuyendo con su talento y sabiduria á la defensa de la fe Católica, y al lustre inmortal de la nacion Española, correspondieron ampliamente al honor con que les distinguió el santo Concilio, y

á

á la espectacion de la Iglesia universal. ¿Qué dificultades no vencieron tambien los Reyes de Es'paña para lograr la convocacion del santo Concilio, para principiarlo, proseguirlo, y restablecerlo despues de haberse interrumpido en dos ocasiones? Al Emperador Carlos V., á su hermano Ferdinando, y á Felipe II. se debe la victoria de tantos obstáculos como fue necesario superar para llevar al cabo tan santa y necesaria obra. Los Españoles pues, tienen justísimo derecho de disfrutar en su idioma la misma doctrina que promovieron sus Reyes, ventilaron sus Teólogos, y decidieron sus Obispos.

La traduccion, que se presenta, es literal; aunque la diferencia de los dos idiomas , y del estilo propio del Concilio haya obligado á seguir muy diferente rumbo en la colocacion de las palabras. No obstante el original es la norma de nuestra fe y costumbres, y la única fuente á donde se debe recurrir quando se trata de averiguar profundamente las verdades dogmáticas y de disciplina, sobre cuya inteligencia se pueda suscitar alguna duda. Con este objeto, y por dar una edicion bien corregida, se ha impreso en el mismo tomo el texto latino, revisto con suma diligencia, y confrontado con la edicion que pasa por original; es á saber, la segunda de Roma hecha por Paulo Manucio en 1564. con la de Alcalá por Andres de Angulo en el mismo año, con la de Phelipe Labé en 1667. y con la que publicó últimamente en Amberes en 1779, Judoco Le-Plat, Doctor de Lobayna. Tambien se han tenido presentes las Sesiones que se estamparon en Medina del Campo en 1554. y en fin la edicion de Madrid de 1775, que no corresponde por cier

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to al buen deseo de los que la publicaron; porque habiendo copiado á la de Roma de 1732, sacó los mismos yerros que esta, y en una, y otra faltan palabras, y á veces lineas. Este esmero, siempre necesario para dar á luz una obra de tanta conseqüencia, ha sido mayor despues que el supremo Consejo de Castilla se sirvió ordenar que ademas del sabio teólogo que aprobó esta traduccion, nombrase otro el M. R. Arzobispo de Toledo, con cuyo auxilio cotejase el traductor cuidadosamente esta obra con dicho original, para que no solo en lo sustancial, sino aun en la mas minima expresion vayan en todo conformes, y se logre que salga esta obra al público perfecta en todas sus partes. Ojalá! que el cuidado puesto en la edicion corresponda á las intenciones del supremo Consejo, y al zelo con que el Excelentísimo señor Arzobispo de Toledo ha encomendado la exâctitud en la correccion. Consta á lo menos, que el texto Latino, que ahora publicamos, tiene menos defectos que el de la edicion de Roma estimada por original, y certificada como tal por el secretario, y notarios del mismo santo Concilio.

Por lo demas no parece se debe advertir á los lectores legos, sino que los decretos pertenecientes á la fe son siempre certísimos, siempre inalterables, siempre verdaderos, é incapaces de mudan

za,

ó variacion alguna. Pero los decretos de disciplina, ó gobierno exterior en especial los reglamentos, que miran á tribunales, procesos, apelaciones , y otras circunstancias de esta naturaleza, admiten variacion como el mismo santo Concilio da á entender. En conseqüencia, no hay que estrañar que no se conforme la práctica en algunos pun

tos

tos con las disposiciones del Concilio; porque ademas de intervenir autoridad legítima para hacer estas excepciones, la historia eclesiástica comprueba en todos los siglos que los usos loables, y admitidos en unos tiempos, se reprobaron, y prohibieron en otros, y los que adoptaron unas provincias, no los recibieron otras.

Para que los lectores tengan presentes los puntos históricos principales, y los motivos que hubo para congregar el Concilio, para disolverlo en dos ocasiones, y para volverlo á continuar hasta finalizarlo; basta por ahora la fectura de las bulas de convocacion de Paulo III. Julio III. y Pio IV. pues consta en ellas así la urgente necesidad de convocarlo, como los obstáculos humanamente insuperables que fue necesario vencer para continuarlo, y conducirlo hasta su fin. Solo me ha parecido conveniente insertar la acta de la abertura: necesaria sin duda para conocer los Legados que presidian, proponian, y preguntaban, y el método, y solemnidad con que se celebraban las Sesiones. El número, y nombres de los Prelados, Embaxadores y otros concurrentes consta de los Apéndices; que se han descargado de muchas noticias pertenecientes á los Padres, y Doctores Españoles, por no permitirlas la magnitud del volumen. Espero no obstante dar noticias mas individuales é importantes de estos sabios y virtuosos heroes, en la Historia del Concilio de Trento, de que tengo trabajada mucha parte; íntimamente persuadido á que ningunos sucesos del siglo décimo sexto pueden dar mas alta y noble idea del zelo, entereza, y sabiduria de los Españoles.

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APEN

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